Articulo 5 Cuerpo General de la Policía
Ver Indice
»Artículo 5.- Cuerpos de Policía de las administraciones públicas de Canarias: Policía Canaria.
nuevo
GPT Iberley IA
Copiloto jurídico
Con el nombre de Policía Canaria se designa al conjunto de cuerpos de policía dependientes de las administraciones públicas canarias constituidos por el Cuerpo General de Policía Canaria y los Cuerpos de Policía Local dependientes de las corporaciones locales.
