Articulo 5 DECRETO57/2007...Desarrollo

Articulo 5 DECRETO57/2007,de3deabril,porelqueseregulanayudasaprogramasconcargoalFondodeCooperaciónalDesarrollo.

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Artículo 5.- Cadena de entidades del ciclo de vida de un programa.

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La entidad que solicita la subvención es la Entidad Solicitante. Ésta se convierte, tras superar el concurso con resolución favorable a la propuesta, en Entidad Adjudicataria. También puede recibir la subvención un Consorcio de Entidades Vascas. Por otro lado, y como los programas se desarrollan en países empobrecidos del Sur, la Entidad Solicitante o el Consorcio de Entidades Vascas cuentan con al menos una Entidad Local como planificador y ejecutor directo del programa en el país o países donde se desarrolle el programa. También en el caso estas entidades, se puede llevar a cabo el programa a través de un Consorcio de Entidades Locales.