DECRETO 57/2007, de 3 de abril, por el que se regulan ayudas a programas con cargo al Fondo de Cooperación al Desarrollo. - Boletín Oficial del Pais Vasco de 10-05-2007
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Ambito: País Vasco
Estado: DEROGADO. Desde 11 de Mayo de 2007
F. entrada en vigor: 11/05/2007
Órgano emisor: VIVIENDA Y ASUNTOS SOCIALES
Boletín: Boletín Oficial del Pais Vasco Número 89
F. Publicación: 10/05/2007
Esta norma NO ha sido modificada legislativamente
CAPÍTULO PRELIMINAR
Artículo 1.- Objeto.
Artículo 2.- Requisitos de los programas.
Artículo 3.- Criterios de exclusión.
Artículo 4.- Recursos económicos.
CAPÍTULO I. SUJETOS INTERVINIENTES EN LOS PROGRAMAS
SECCIÓN 1.ª DEFINICIONES
Artículo 5.- Cadena de entidades del ciclo de vida de un programa.
Artículo 6.- Entidad solicitante.
Artículo 7.- Consorcio de Entidades Vascas.
Artículo 8.- Entidad local.
Artículo 9.- Consorcio de Entidades Locales.
SECCIÓN 2.ª DE LAS ENTIDADES SOLICITANTES
Artículo 10.- Acceso a la subvención.
Artículo 11.- Sistema de acreditación de requisitos administrativos y capacidades.
Artículo 12.- Requisitos administrativos.
Artículo 13.- Capacidad financiera.
Artículo 14.- Capacidad de gestión.
Artículo 15.- Capacidad social.
Artículo 16.- Capacidad estratégica.
SECCIÓN 3.ª DEL CONSORCIO DE ENTIDADES VASCAS
Artículo 17.- Acceso a las ayudas.
Artículo 18.- Requisitos y capacidades de las entidades vascas consorciadas.
Artículo 19.- Responsabilidad.
Artículo 20.- Domicilio.
Artículo 21.- Convenio.
Artículo 22.- Memoria.
SECCIÓN 4.ª DE LAS ENTIDADES LOCALES
Artículo 23.- Requisitos y capacidades de la entidad local.
Artículo 24.- Requisitos administrativos.
Artículo 25.- Capacidad financiera.
Artículo 26.- Capacidad de gestión.
Artículo 27.- Capacidad social.
Artículo 28.- Capacidad estratégica.
SECCIÓN 5.ª DEL CONSORCIO A NIVEL LOCAL
Artículo 29.- Acceso a las ayudas.
Artículo 30.- Requisitos y capacidades de las entidades locales consorciadas.
Artículo 31.- Responsabilidad.
Artículo 32.- Domicilio.
Artículo 33.- Convenio.
Artículo 34.- Memoria.
CAPÍTULO II. PRESUPUESTOS DE LOS PROGRAMAS
SECCIÓN 1.ª CONCEPTOS GENERALES
Artículo 35.- Composición del cuadro presupuestario.
Artículo 36.- Carácter integral.
SECCIÓN 2.ª GASTOS ELEGIBLES EN EL APARTADO DE IDENTIFICACIÓN
Artículo 37.- Partidas del apartado de identificación.
Artículo 38.- Gastos elegibles en la partida de servicios de identificación.
Artículo 39.- Gastos elegibles en la partida de viajes y estancias vinculadas a la identificación.
SECCIÓN 3.ª GASTOS ELEGIBLES EN EL APARTADO DE ACTIVIDADES DE DESARROLLO A REALIZAR EN LA ZONA DE EJECUCIÓN
Artículo 40.- Partidas del apartado de Actividades de Desarrollo a realizar en la zona de ejecución.
Artículo 41.- Gastos elegibles en la partida de terrenos.
Artículo 42.- Gastos elegibles en la partida de edificios.
Artículo 43.- Gastos elegibles en la partida de compra y transporte de equipos y materiales.
Artículo 44.- Gastos elegibles en la partida de Capacitación y formación.
Artículo 45.- Gastos elegibles en la partida de fondo para microcréditos.
SECCIÓN 4.ª GASTOS ELEGIBLES EN EL APARTADO DE FORTALECIMIENTO INSTITUCIONAL DE LAS ENTIDADES LOCALES O DE LA POBLACIÓN SUJETO
Artículo 46.- Partidas del apartado de fortalecimiento institucional de las entidades locales y/o de la población sujeto.
Artículo 47.- Gastos elegibles en la partida de Servicios de fortalecimiento institucional.
Artículo 48.- Gastos elegibles en la partida de Viajes y estancias vinculados al fortalecimiento institucional.
Artículo 49.- Gastos elegibles en la partida de Materiales didácticos.
Artículo 50.- Gastos elegibles en la partida de Equipos y Fungibles.
SECCIÓN 5.ª GASTOS ELEGIBLES EN EL APARTADO DE EDUCACIÓN PARA EL DESARROLLO
Artículo 51.- Partidas del apartado de Educación para el Desarrollo.
Artículo 52.- Gastos elegibles en la partida de Materiales y su transporte.
Artículo 53.- Gastos elegibles en la partida de Servicios de Educación para el desarrollo.
Artículo 54.- Gastos elegibles en la partida de Viajes y estancias vinculados a la Educación para el Desarrollo.
SECCIÓN 6.ª GASTOS ELEGIBLES EN EL APARTADO DE GESTIÓN DEL PROGRAMA EN LA ZONA DE EJECUCIÓN
Artículo 55.- Partidas del apartado de Gestión del programa en la zona de ejecución.
Artículo 56.- Gastos elegibles en la partida de personal expatriado.
Artículo 57.- Gastos elegibles en la partida de personal local.
Artículo 58.- Gastos elegibles en la partida de Equipos y materiales de funcionamiento de la entidad local.
Artículo 59.- Gastos elegibles en la partida de Fungibles de la entidad local.
Artículo 60.- Gastos elegibles en la partida de Alquiler de inmuebles de la entidad local.
SECCIÓN 7.ª GASTOS ELEGIBLES EN EL APARTADO DE EVALUACIÓN
Artículo 61.- Partidas del apartado de Evaluación.
Artículo 62.- Gastos elegibles en la partida de Servicios de evaluación.
Artículo 63.- Gastos elegibles en la partida de Viajes y estancias vinculados a la evaluación.
Artículo 64.- Gastos elegibles en la partida de Servicios de verificación administrativa, técnica y financiera.
SECCIÓN 8.ª GASTOS ELEGIBLES EN EL APARTADO DE GESTIÓN DEL PROGRAMA EN LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE EUSKADI
Artículo 65.- Partida y Gastos Elegibles del apartado de Gestión del programa en la Comunidad Autónoma de Euskadi.
SECCIÓN 9.ª CONDICIONES
Artículo 66.- Tasa cambiaria del presupuesto de programas.
Artículo 67.- Facturas pro forma.
Artículo 68.- Uso de recibos.
Artículo 69.- Gastos no elegibles.
Artículo 70.- Valorizaciones.
Artículo 71.- Obligación de diligencia.
Artículo 72.- Opción por lo local.
Artículo 73.- Aportación de los cofinanciadores.
Artículo 74.- Propiedad de los bienes del programa.
CAPÍTULO III. PROCEDIMIENTO DE CONCESIÓN DE AYUDAS
SECCIÓN 1.ª CONVOCATORIA Y SOLICITUD
Artículo 75.- Convocatoria.
Artículo 76.- Presentación de las solicitudes.
SECCIÓN 2.ª VALORACIÓN DE SOLICITUDES
Artículo 77.- Comprobación de la documentación.
Artículo 78.- Solicitud de subsanación.
Artículo 79.- Puntuación del procedimiento concursal.
SECCIÓN 3.ª RESOLUCIÓN
Artículo 80.- Proceso de instrucción.
Artículo 81.- Resolución.
Artículo 82.- Comunicación de la resolución.
Artículo 83.- Recurso.
SECCIÓN 4.ª CONVENIOS A FIRMAR POR LA ENTIDAD ADJUDICATARIA
Artículo 84.- Convenio con el Gobierno Vasco.
Artículo 85.- Convenios con la entidad local.
SECCIÓN 5.ª PAGOS
Artículo 86.- Abono de las ayudas.
CAPÍTULO IV. JUSTIFICACIÓN Y SEGUIMIENTO DE PROGRAMAS
Artículo 87.- Prohibición de sobre financiación.
Artículo 88.- Incumplimiento de las condiciones de la subvención.
Artículo 89.- Modificaciones en el programa.
Artículo 90.- Comisión Mixta de Seguimiento.
Artículo 91.- Control.
DISPOSICIONES FINALES
D.F. 1ª
D.F. 2ª
D.F. 3ª
ANEXO AL DECRETO 57/2007, DE 3 DE ABRIL. SOLICITUD DE ACREDITACIÓN DE REQUISITOS Y CAPACIDADES PARA CONCURRIR A CONVOCATORIAS DE PROGRAMAS CON CARGO AL FONDO DE COOPERACIÓN AL DESARROLLO (FOCAD)
