Articulo 5 DECRETO94/1991...adeGalicia

Articulo 5 DECRETO94/1991,de20demarzo,porelqueseapruebaelReglamentoderégimendisciplinariodelosfuncionariosdelaComunidadAutónomadeGalicia.

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Artí­culo 5º.

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Son faltas leves:

a) El incumplimiento injustificado del horario de trabajo cuando no suponga una falta grave.

b) La falta de asistencia injustificada de un dí­a.

c) La incorrección con el público, superiores, compañeros o subordinados.

d) El descuido o la negligencia en el ejercicio de sus funciones.

e) El incumplimiento de los deberes y obligaciones del funcionario, siempre que no deba ser calificados como falta muy grave o grave.