Articulo 5 Estatutos Prom...ia (SEPAD)

Articulo 5 Estatutos Promoción de Autonomía y Atención a la Dependencia (SEPAD).

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Artículo 5. La Dirección Gerencia.

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1. La Dirección Gerencia, con rango de Dirección General, es el órgano superior del Servicio Extremeño de Promoción de la Autonomía y Atención a la Dependencia cuyo titular es nombrado por el Consejo de Gobierno de la Junta de Extremadura, a propuesta de la persona titular de la Consejería competente en materia de dependencia.

2. A la Dirección Gerencia le corresponden las siguientes funciones:

a) La dirección y representación del SEPAD, ostentando su titular la presidencia del ente.

b) La planificación, organización, dirección y gestión de los centros y servicios adscritos al mismo, que operen bajo su dependencia orgánica o funcional.

c) La planificación, organización, dirección y gestión de los recursos humanos, materiales y financieros que le estén asignados para el desarrollo de las funciones que tenga encomendadas.

d) La coordinación de los órganos de dirección del ente público.

e) El establecimiento de las directrices generales por las que se deberán regir en su actuación los órganos y estructuras dependientes del SEPAD.

f) El ejercicio de las competencias establecidas en el capítulo III de los presentes estatutos en materia de régimen jurídico.

g) La aprobación de la propuesta de anteproyecto de presupuestos del ente público.

h) La autorización de los gastos que sean de su competencia.

i) El reconocimiento de las obligaciones que sean de su competencia.

j) La autorización de las modificaciones de créditos en los términos establecidos en la Ley 5/2007, de 19 de abril, General de Hacienda Pública de Extremadura.

k) La elaboración de la iniciativa de propuesta de relaciones de puestos de trabajo de todo el personal del ente público.

l) El nombramiento y cese del personal eventual del ente público.

m) El nombramiento del personal funcionario interino del SEPAD.

n) El ejercicio de la potestad disciplinaria excepto la separación del servicio, con arreglo a las disposiciones vigentes.

o) La organización y gestión de los sistemas de información para la gestión operativa de programas, recursos, centros y servicios.

p) La concesión de subvenciones, incluidas las subvenciones nominativas y de concesión directa.

q) El ejercicio de aquellas funciones que, correspondiendo al SEPAD, no hayan sido atribuidas a otros órganos en los presentes Estatutos o en las disposiciones que se dicten en su desarrollo.

3. Asimismo, en relación con las actuaciones derivadas de los procedimientos en materia de promoción de la autonomía y atención a la dependencia, le corresponde el ejercicio de las siguientes competencias:

a) La coordinación general, desarrollo y ejecución de la política social en materia de dependencia y de los programas de promoción de la autonomía personal.

b) La coordinación de los servicios y recursos necesarios para la valoración y atención a la situación de dependencia.

c) La coordinación general, desarrollo y ejecución de la política social en materia de atención a las personas con discapacidad, especialmente, el desarrollo del Marco de Atención a la Discapacidad en Extremadura.

d) El reconocimiento de la situación de dependencia y el derecho a los servicios o prestaciones del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia.

e) El reconocimiento, declaración, calificación y revisión del grado de discapacidad.

f) La coordinación general, desarrollo y ejecución de la política social en materia de mayores y de envejecimiento activo.

g) El desarrollo y coordinación de los programas de atención a la dependencia y discapacidad en materia de salud mental.

h) El desarrollo y coordinación de la atención a la dependencia y discapacidad originada por el deterioro cognitivo.

i) La dirección de la gestión asistencial de los centros, establecimientos y servicios de promoción de la autonomía y atención a la dependencia, discapacidad y mayores.

j) La planificación operativa de los recursos y servicios adscritos a la Dirección General.

k) La gestión administrativa y tramitación de todo tipo de ayudas, programas y convenios con otras entidades e instituciones.

l) La coordinación y el establecimiento de las directrices de actuación de las Gerencias Territoriales, en materia de su competencia.

m) La organización, coordinación y control del sistema de ingreso en los centros y servicios.

n) El control, evaluación e inspección de la actividad asistencial de los centros, establecimientos y servicios y demás recursos y dispositivos de atención a las personas mayores, con discapacidad y en situación de dependencia públicos o privados.

o) El desarrollo de los aspectos generales de docencia en el marco de las competencias propias.

p) La autorización, modificación, supresión de los centros, servicios y establecimientos propios de este ámbito, ubicados en la Comunidad Autónoma de Extremadura, así como la gestión del correspondiente registro.

q) El ejercicio de la potestad sancionadora en materia objeto de su competencia.

4. La Dirección Gerencia del SEPAD para el ejercicio de sus competencias se estructura en las siguientes unidades:

- Unidad de Acceso y Valoración de la Dependencia.

- Unidad de Prestaciones Económicas.

- Unidad de Valoración de la Discapacidad y Apoyo en la Capacidad Jurídica.

- Unidad de Atención a la Discapacidad y Salud Mental.

- Unidad de Atención a las Personas Mayores.

5. La Comisión Tutelar de Adultos de Extremadura estará adscrita a la Unidad de Valoración de la Discapacidad y Apoyo en la Capacidad Jurídica.