Articulo 5 Fondo de Cooperación Municipal para la Lucha contra el Despoblamiento
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»Artículo 5. Dotación
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1. La dotación anual de la presente línea del Fondo de Cooperación Municipal de la Comunitat Valenciana vendrá determinada por el crédito presupuestario que se consigne concretamente para esta línea específica en las correspondientes leyes anuales de presupuestos de la Generalitat.
2. Corresponde al órgano directivo con competencia en materia de despoblamiento realizar todas las actuaciones necesarias para su correcta gestión y distribución.
Modificaciones
- Artículo modificado (5 (apdo. 2)) por DECRETO 89/2021, de 2 de julio, del Consell, de modificación del Decreto 182/2018, de 10 de octubre, del Consell, por el que se regula la línea específica del Fondo de Cooperación Municipal para la Lucha contra el Despoblamiento de los Municipios de la Comunitat Valenciana. [2021/7544]
(GV de 09-07-2021) en vigor desde 10-07-2021
