Artículo 5 Ley 2/2026, d... Andalucía

Artículo 5. Ley 2/2026, de 12 de marzo, Andalucía

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Artículo 5. Protección de datos, secreto industrial y comercial y confidencialidad de la información aportada.

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1. El cumplimiento de lo dispuesto en la presente ley se desarrollará respetando los términos establecidos en la legislación vigente en materia de secreto industrial y comercial, así como de protección de datos de carácter personal.

2. Las Administraciones públicas que intervengan en los procedimientos regulados en esta ley deberán respetar la confidencialidad de las informaciones aportadas por la persona promotora, titular o explotadora que, de conformidad con la normativa aplicable, tengan dicho carácter, teniendo en cuenta, en todo caso, la protección del interés público.

3. La persona promotora, titular o explotadora deberá indicar qué parte de la información contenida en la documentación presentada considera que debería gozar de confidencialidad, aportando la justificación oportuna. La Administración ambiental competente decidirá sobre la información que, según la legislación vigente, esté exceptuada del secreto comercial o industrial, incluida la propiedad intelectual, y sobre la información amparada por la confidencialidad, ponderando el principio de información y participación pública real y efectiva en materia de medio ambiente, regulado en la Ley 27/2006, de 18 de julio, con el derecho a la confidencialidad.

4. En el supuesto de que se deniegue total o parcialmente el carácter confidencial de la información indicada por la persona promotora, titular o explotadora se deberá emitir una resolución motivada con indicación de los recursos que correspondan.

5. Los datos que gocen de confidencialidad deberán ser debidamente identificados y deberán ser presentados de forma independiente del resto de la documentación elaborada para las tramitaciones. No serán sometidos a información pública ni a consultas los datos que, de acuerdo con las disposiciones vigentes, gocen de confidencialidad, haciéndose mención de esta circunstancia en dicha información pública.