Articulo 5 LEYFORAL21/2005,de29dediciembre,deevaluaciondelaspoliticaspublicasydelacalidaddelosserviciospublicos.
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»Artículo 5. Autonomía para la evaluación.
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Cada Administración Pública podrá acordar autónomamente la evaluación de las políticas públicas que haya diseñado, ejecutado o ejecute en el ámbito de sus respectivas competencias.
