Artículo 5 medidas dirigidas a la conciliación de la vida personal, familiar y laboral en las Illes Balears
Artículo 5. Objetivos
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Esta Ley tendrá como principales objetivos:
a) Crear las condiciones necesarias para garantizar el libre desarrollo de la vida personal y familiar, así como el acceso, la permanencia y la promoción laboral de las personas, incluyendo las que tengan responsabilidades familiares.
b) Atender las características especiales y las necesidades que se den en las diferentes modalidades de familia, sin ninguna clase de discriminación y con especial atención a las familias con necesidades de mayor protección citadas en el artículo 4 de esta ley.
c) Promover medidas para la permanencia y la promoción laboral, especialmente, ante situaciones de tratamientos discriminatorios como la diferencia media salarial entre los ingresos brutos anuales, la parcialidad con una incidencia más alta en mujeres y las dificultades para llegar a puestos de responsabilidad.
d) Mantener una red pública de plazas para la atención de menores, dirigida a favorecer la conciliación de la vida familiar, personal y laboral.
e) Impulsar una oferta flexible y variada de servicios y centros de atención a la gente mayor, las personas en situación de dependencia y las personas con discapacidad.
f) Fomentar la corresponsabilidad en el ámbito familiar para el cuidado y la atención de menores y de personas dependientes y/o con discapacidad, así como el reparto equilibrado de las obligaciones familiares.
g) Crear las condiciones necesarias para el ejercicio de la crianza positiva y promover el desarrollo y el cuidado de los hijos e hijas, con igual participación de los dos progenitores.
h) Incentivar, en los sectores público y privado, la adopción de medidas que impulsen la igualdad de oportunidades, especialmente, de las relacionadas con el espacio y el tiempo de trabajo, la racionalización de horarios y turnos y la flexibilización horaria, que permitan compatibilizar la vida personal, familiar y laboral, y medidas dirigidas a eliminar la brecha laboral.
i) Sensibilizar, con la colaboración de los agentes económicos y sociales, sobre la importancia del apoyo a las personas y familias en el ejercicio del derecho a la conciliación y la corresponsabilidad en las obligaciones familiares, así como sobre la eliminación de la brecha laboral.
j) Potenciar los desarrollos tecnológicos, el big data y la I+D+I que faciliten la conciliación de la vida personal, familiar y laboral y la eliminación de la brecha laboral. Fomentar la simplificación administrativa transversal para el ejercicio de los derechos y principios reconocidos en esta ley.
k) Fomentar la inclusión de medidas de conciliación y corresponsabilidad en la negociación colectiva.
l) Impulsar acciones y programas de formación dirigidos a reducir la brecha digital.
m) Favorecer la natalidad, al objeto de revertir la tasa de envejecimiento poblacional y facilitar el relevo generacional.
