Articulo 5 Medidas Fiscales, de Gestión Administrativa y Financiera, y de Organización 2011 de la Generalitat
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»Artículo 5.
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Se modifica el artículo 107 del Texto Refundido de la Ley de Tasas de la Generalitat, aprobado por Decreto Legislativo 1/2005, de 25 de febrero, del Consell, dándole la siguiente redacción:
«Artículo 107. Sujeto pasivo.
Son sujetos pasivos de esta tasa los fabricantes, públicos o privados, y las entidades de control de calidad y laboratorios de ensayo que soliciten los servicios a los que se refiere el artículo anterior.»
