Artículo 5 de medidas urgentes contra la hiperregulación, la agilización de procedimientos y la garantía de la unidad de mercado
- Se corrige el título de la norma Donde dice: «Decreto Ley 14/2025, de 26 de diciembre, del Consell, de medidas urgentes contra la hiperregulación, la agilización de procedimientos y la garantía de la unidad de mercado.» Debe decir: «Decreto Ley 14/2025, de 26 de diciembre, del Consell, de medidas urgentes frente a la hiperregulación, la agilización de procedimientos y la garantía de la unidad de mercado.» - CORRECCIÓN DE ERRORES del Decreto ley 14/2025, de 26 de diciembre, del Consell, de medidas urgentes contra la hiperregulación, la agilización de procedimientos y la garantía de la unidad de mercado.
- Norma convalidada el 29 de enero de 2026. - Resolución 14/XI, de la Diputación Permanente de las Corts Valencianes, adoptada en la reunión del día 29 de enero de 2026, de convalidación del Decreto ley 14/2025, de 26 de diciembre, del Consell, de medidas urgentes frente a la hiperregulación, la agilización de procedimientos y la garantía de la unidad de mercado.
Artículo 5. Simplificación normativa
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1. Como regla general, la aprobación de un proyecto normativo deberá suponer la supresión o simplificación de, al menos, una norma de rango equivalente.
2. Para evitar la fragmentación normativa y asegurar la coherencia del ordenamiento jurídico, toda disposición normativa que modifique otra, que haya sido modificada al menos en dos ocasiones anteriores, deberá refundir el contenido vigente y derogar expresamente las normas anteriores que correspondan.
3. El Diari Oficial de la Generalitat Valenciana elaborará textos consolidados que integren las disposiciones normativas vigentes con sus respectivas reformas en el plazo de un mes desde la última modificación. Dichos textos tendrán carácter meramente informativo, sin alterar el contenido ni el valor jurídico de los textos oficiales.
