Articulo 5 Medidas urgentes para gestión de fondos Next Generation EU
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»Artículo 5. Grupos de trabajo y ponencias
Vigente
1. La Comisión para la Recuperación y Transformación «nëxt CARM», cuando lo considere procedente, atendiendo a la naturaleza de los asuntos a tratar, podrá designar los grupos de trabajo o las ponencias técnicas pertinentes que se encarguen del análisis y estudio de determinadas materias.
2. Los informes y/o propuestas elaborados se elevarán a la Comisión para su examen y deliberación.
3. Los miembros de los grupos de trabajo y ponencias que, en su caso, se designen, podrán pertenecer o no a la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 03-09-2021 en vigor desde 04-09-2021