Articulo 5 Modelo 390 de declaración resumen anual del Impuesto sobre el Valor Añadido
Articulo 5 Modelo 390 de ...or Añadido

Articulo 5 Modelo 390 de declaración resumen anual del Impuesto sobre el Valor Añadido

No hay nodos disponibles
Ver Indice
»

Artículo 5.- Procedimiento para la presentación telemática del modelo 390.

Vigente

Tiempo de lectura: 4 min

Tiempo de lectura: 4 min


En el procedimiento para la presentación telemática de la autoliquidación o declaración correspondiente al modelo 390, el declarante o presentador autorizado, en su caso, se conectará a través de Internet con la Oficina Virtual del Departamento de Hacienda y Finanzas de la Diputación Foral de Bizkaia (Servicio BizkaiBai) en la dirección Web http://www. bizkaia.eus/bizkaibai y procederá como sigue:

1. Una vez en la pantalla de acceso deberá identificarse en el servicio BizkaiBai mediante Firma Electrónica Reconocida admitida para las relaciones telemáticas entre los contribuyentes y el Departamento de Hacienda y Finanzas o mediante los datos de identificación (identificador de usuario, contraseña y la coordenada solicitada), correspondientes al declarante o presentador autorizado.

2. Realizada la correcta identificación, le aparecerá el menú principal BizkaiBai, donde en la opción «Declaraciones telemáticas tributarias/Presentaciones», seleccionará el apartado «IVA.».

3. Pulsará la opción correspondiente al modelo 390.

4. Seleccionará el fichero con la autoliquidación o declaración a transmitir. El fichero debe haber sido generado, bien por medio del programa de ayuda que tiene disponible en el apartado de «Programas de Ayuda para Confeccionar Declaraciones» de la página principal en Internet de Hacienda Foral, o bien mediante el «Módulo de Generación» distribuido por Hacienda Foral a las Empresas de Software colaboradoras.

5. Transmitirá al Departamento de Hacienda y Finanzas el fichero seleccionado.

6. De no detectarse errores en el fichero transmitido, se visualizará en pantalla un resumen de la autoliquidación o declaración enviada, pudiendo visualizar opcionalmente un borrador de la carátula en ella contenida.

7. En caso de prestar su conformidad a la autoliquidación o declaración enviada, introducirá el pin de su firma electrónica reconocida o una nueva coordenada que le será solicitada por el sistema, según el procedimiento de identificación utilizado para acceder a Bizkaibai, efectuándose así la presentación formal de la autoliquidación.

8. Si las características de la autoliquidación o declaración exigiesen el envío de cualquier tipo de documentación, aparecerá una pantalla donde se visualizarán el tipo de justificantes a enviar e información sobre la forma de realizar la entrega.

9. En el supuesto de que la presentación fuese aceptada, el Departamento de Hacienda y Finanzas devolverá en pantalla el resumen definitivo de la autoliquidación presentada, pudiendo el usuario visualizar e imprimir la carátula oficial del modelo presentado, con la totalidad de la información contenida en el borrador que ha dado origen a la presentación, más la de control generada por el sistema, todo ello validado con un sello electrónico de 32 caracteres.

10. Si las características de la autoliquidación o declaración exigiesen el envío de justificantes, el usuario deberá adjuntarlos de forma telemática a la autoliquidación, tal y como se detalla en el paso siguiente.

11. Para la presentación telemática de los justificantes, se deberán seguir las siguientes instrucciones:

1) Antes de realizar la presentación, deberá escanear en su ordenador los documentos a anexar.

2) El sistema sólo admitirá documentos en formato TIFF o en formato PDF. Si los documentos se han escaneado en formato Tiff es imprescindible procesarlos a través del programa ConversorTiff, el cual se puede descargar de forma gratuita en el Servicio BizkaiBai. Este programa generará un nuevo fichero con el formato adecuado para su envío y posterior procesamiento. Los documentos en formato PDF no necesitan ninguna conversión.

Los documentos a enviar deberán tener un tamaño igual o inferior a 2 MB. Si la información a adjuntar supera este límite, se deberá dividir y enviar por separado, respetando el límite señalado.

3) A continuación se realizará la presentación de la autoliquidación o declaración a través de BizkaiBai tal y como se ha detallado en los puntos anteriores.

4) Al final de la presentación se debe pulsar el icono «Enviar documentación» para anexar la documentación.

5) Mediante el botón examinar se seleccionará el PDF deseado o el fichero previamente generado con el programa ConversorTiff. A continuación transmitirá al Departamento de Hacienda y Finanzas el fichero seleccionado pulsando la opción «Enviar».

6) Se podrá repetir el proceso varias veces hasta completar la lista de documentación deseada. Una vez hecho esto, se deberá pulsar «Enviar» para hacer efectiva la anexión.

Como medida adicional de seguridad se introducirá el pin de la firma electrónica reconocida o una nueva coordenada que le será solicitada por el sistema, según el procedimiento de identificación utilizado para acceder a Bizkaibai, efectuándose así la presentación formal de la documentación anexa a la autoliquidación.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 23-12-2016 en vigor desde 24-12-2016