Articulo 5 Modelo F-65 Declaración de Opciones y Renuncias. Censos Especiales (I.V.A.). Comunicación previa al inicio de actividad
Artículo 5. Procedimiento para la presentación telemática por Internet del modelo F-65.
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El procedimiento para la presentación telemática por Internet de las declaraciones será uno de los dos siguientes:
a) Desde el formulario Web se deberá seguir este proceso:
1.º Acceder al servicio de trámites con Hacienda, desde el Portal de Navarra.
2.º Seleccionar el modelo de la declaración a realizar, cumplimentando todos los datos necesarios para poder presentar la declaración.
3.º Una vez cumplimentada la declaración, utilizar la opción de enviar. El sistema validará la declaración cuando ésta sea correcta. Cuando se detecten errores se comunicarán a través del formulario y no se permitirá presentar la declaración hasta que sean corregidos. Una vez que la declaración sea correcta, el sistema comunicará el número asignado a la declaración presentada, y la posibilidad de imprimirla para obtener un justificante de la misma.
b) Desde el programa de ayuda desarrollado por la Hacienda Tributaria de Navarra se deberá seguir este proceso:
1.º Cumplimentar la declaración en el programa de ayuda.
2.º Una vez cumplimentada la declaración, es necesario validarla previamente a su presentación.
3.º Una vez validada la declaración, se permitirá enviarla por Internet. (NOTA: Párrafo aplicable a las declaraciones cuyo plazo de presentación comience a partir del 31 de mayo de 2023)
4.º Una vez enviada la declaración, el sistema le responderá con el número de recibo, fecha y hora de presentación. Posteriormente, cuando el envío haya sido validado y procesado, podrá comprobar su resultado desde la aplicación de consulta de declaraciones disponible en la dirección de Internet http://www.hacienda.navarra.es.
- Modificación realizada (5 (apdo. b).3.º)) por ORDEN FORAL 10/2023, de 3 de mayo, del consejero de Economía y Hacienda por la que se modifica la Orden Foral 427/2013, de 30 de diciembre, de la consejera de Economía, Hacienda, Industria y Empleo que aprueba el modelo F-65 de declaración de "Opciones y Renuncias. Censos especiales (I.V.A.). Comunicación previa al inicio de actividad".
(NA de 30-05-2023) en vigor desde 31-05-2023 - Artículo modificado (5) por ORDEN FORAL 35/2015, de 5 de febrero, de la Consejera de Economía, Hacienda, Industria y Empleo, por la que se modifican la Orden Foral 427/2013, de 30 de diciembre, por la que se aprueba el modelo F-65 de declaración de 'Opciones y Renuncias. Censos Especiales (I.V.A.). Comunicación previa al inicio de actividad', así como las condiciones generales y el procedimiento para su presentación telemática, y la Orden Foral 280/2006, de 15 de septiembre, por la que se aprueba el modelo F-69 de declaración-liquidación trimestral del Impuesto sobre el Valor Añadido, y se establecen las condiciones generales y el procedimiento para su presentación telemática por Internet, así como las condiciones generales y el procedimiento para la presentación telemática por Internet del modelo F-66 de declaración liquidación mensual del Impuesto sobre el Valor Añadido.
(NA de 27-02-2015) en vigor desde 28-02-2015
