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Articulo 5 Prestaciones del sistema para la autonomía y atención a la dependencia, cálculo de la capacidad económica y medidas de apoyo a personas cuidadoras no profesionales

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Artículo 5. Servicio de prevención de las situaciones de dependencia.

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1. Las personas en situación de dependencia, en cualquiera de los grados establecidos, recibirán servicios de prevención con el objeto de prevenir o retrasar el agravamiento de su grado de dependencia, incluyendo esta atención en los programas de teleasistencia, de ayuda a domicilio, de los centros de día y de atención residencial.

2. Dentro del servicio de teleasistencia se incluyen las siguientes actuaciones de prevención:

a) Detección proactiva de situaciones de riesgo.

b) Proporcionar consejo sobre pautas de autocuidado y control del entorno.

c) Avisar a profesionales de servicios sociales, de salud u otros, así como a parientes o personas de contacto en caso de alerta.

3. Dentro del servicio de ayuda a domicilio se incluyen las siguientes actuaciones de prevención:

a) Detección proactiva de situaciones de riesgo.

b) Proporcionar consejo sobre pautas de autocuidado y control del entorno.

c) Avisar a profesionales de servicios sociales, de salud u otros, así como a parientes o personas de contacto en caso de alerta.

d) Proporcionar cuidados de forma que promuevan la autonomía y la calidad de vida.

e) Detección inicial de posibles barreras a la autonomía y riesgos de accidente en el entorno habitual.

4. Dentro del servicio de centro de día se incluyen las siguientes actuaciones de prevención:

a) Detección proactiva de situaciones de riesgo.

b) Proporcionar consejo sobre pautas de autocuidado y control del entorno.

c) Avisar a profesionales de servicios sociales, de salud u otros, así como a parientes o personas de contacto en caso de alerta.

d) Proporcionar cuidados de forma que promuevan la autonomía y la calidad de vida.

e) Detección inicial de posibles barreras a la autonomía y riesgos de accidente en el entorno habitual.

f) Valoración integral y elaboración del plan de apoyos.

g) Garantizar una alimentación saludable.

h) Indicar pautas de cuidados al cuidador no profesional.

i) Control de la administración de medicación.

5. Dentro del servicio de atención residencial se incluyen las siguientes actuaciones de prevención:

a) Detección proactiva de situaciones de riesgo.

b) Proporcionar consejo sobre pautas de autocuidado y control del entorno.

c) Avisar a profesionales de servicios sociales, de salud u otros, así como a parientes o personas de contacto en caso de alerta.

d) Proporcionar cuidados de forma que promuevan la autonomía y la calidad de vida.

e) Detección inicial de posibles barreras a la autonomía y riesgos de accidente en el entorno habitual.

f) Valoración integral y elaboración del plan de apoyos.

g) Garantizar una alimentación saludable.

h) Control de la administración de medicación.

i) Revisión del estado de salud.

j) Promover y coordinar los adecuados cuidados sanitarios.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 15-01-2018 en vigor desde 16-01-2018