Artículo 5 quinquies. Medidas nacionales que facilitan la identificación de la persona responsable
- Con efectos de 19 de enero de 2025 se modifica el título de la presente Directiva, que pasa a denominarse «Directiva (UE) 2015/413 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 11 de marzo de 2015, por la que se facilitan el intercambio transfronterizo de información y la asistencia mutua sobre infracciones de tráfico en materia de seguridad vial.» - Directiva (UE) 2024/3237 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 19 de diciembre de 2024, que modifica la Directiva (UE) 2015/413 por la que se facilita el intercambio transfronterizo de información sobre infracciones de tráfico en materia de seguridad vial, (Texto pertinente a efectos del EEE)
Artículo 5 quinquies. Medidas nacionales que facilitan la identificación de la persona responsable
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1. Los Estados miembros podrán adoptar cualquier medida en relación con las infracciones de tráfico en materia de seguridad vial enumeradas en el artículo 2, apartado 1, establecidas en su Derecho nacional, con el fin de identificar satisfactoriamente a la persona responsable de la infracción de tráfico en materia de seguridad vial (en lo sucesivo, "persona responsable"), tales como medidas relacionadas con la obligación del titular, propietario o usuario final de un vehículo de cooperar en la identificación de la persona responsable, siempre que se respeten los derechos fundamentales y procesales con arreglo al Derecho nacional y de la Unión.
2. En particular, las autoridades competentes podrán:
a) enviar documentos a las personas interesadas en relación con las infracciones de tráfico en materia de seguridad vial enumeradas en el artículo 2, apartado 1, incluidos los documentos en los que se pida a las personas interesadas que confirmen su responsabilidad por dichas infracciones;
b) aplicar las obligaciones -incluidas las sanciones relacionadas- impuestas a las personas interesadas que sean pertinentes para la identificación de la persona responsable, en la mayor medida posible.
- Artículo modificado (5 quinquies (se añade)) por Directiva (UE) 2024/3237 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 19 de diciembre de 2024, que modifica la Directiva (UE) 2015/413 por la que se facilita el intercambio transfronterizo de información sobre infracciones de tráfico en materia de seguridad vial, (Texto pertinente a efectos del EEE)
(DC de 30-12-2024) en vigor desde 19-01-2025
