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Articulo 5 Régimen jurídico de las plazas de toros portátiles

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Artículo 5. Estructura y condiciones de seguridad.

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1. La estructura y condiciones de seguridad de las plazas de toros portátiles cumplirán con las especificaciones técnicas contenidas en el ANEXO I del presente decreto.

2. Los elementos de evacuación de la plaza, especialmente, el número, disposición, dimensionamiento y características de las salidas, pasillos, puertas y escaleras de la misma se adecuarán a los Documentos Básicos de Seguridad en caso de incendios y de utilización y accesibilidad del Código Técnico de Edificación en vigor y a la restante normativa aplicable.