Articulo 5 Reglamento de ... turística

Articulo 5 Reglamento de la Ley de renovación y modernización turística

Ver Indice
»

Artículo 5.- Efectos.

Vigente
nuevo

GPT Iberley IA

Copiloto jurídico



De conformidad con lo establecido en los artículos 6 y 7 de la Ley 2/2013, de 29 de mayo, de renovación y modernización turística de Canarias, los planes de modernización, mejora e incremento de la competitividad son instrumentos de ordenación urbanística y como tales se insertan en el sistema de planeamiento de Canarias. En consecuencia, tales planes son ejecutivos, desplegando los efectos legalmente atribuidos a los instrumentos de ordenación, desde la fecha de su entrada en vigor y hasta que concluya su vigencia, sin necesidad de que los instrumentos que, en su caso, alteren, hayan de tramitar la correspondiente modificación o revisión para incorporar sus determinaciones.