Articulo 5 el que se regulan los procedimientos de seleccion de funcionarios interinos y se crea la bolsa de trabajo para la provision temporal de puestos de trabajo reservados a funcionarios de Administracion Local con habilitacion de caracter nacional
- El capítulo II del presente real decreto mantendrá su vigencia hasta la entrada en vigor del capítulo II del Decreto 36/2022, de 22 de septiembre, que será en la fecha de publicación en el Boletín Oficial de Castilla y León de la resolución de constitución de la bolsa de trabajo de Secretaría Intervención. - DECRETO 36/2022, de 22 de septiembre, por el que se regulan los procedimientos de selección y nombramiento de funcionarios interinos para desempeñar puestos de trabajo reservados a funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional, y se crean y regulan las bolsas de trabajo autonómicas para la provisión interina de dichos puestos.
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»Artículo 5. - Publicidad de los nombramientos.
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1.- Los nombramientos y revocaciones se notificarán al interesado y se comunicarán a la Administración General del Estado y a las Corporaciones afectadas, debiendo éstas publicar la resolución en el tablón de anuncios correspondiente.
2.- Las Corporaciones Locales remitirán las diligencias de la toma de posesión y de cese a las Direcciones Generales competentes en materia de régimen local de la Administración General del Estado y de la Administración de la Comunidad Autónoma, dentro de los tres días hábiles siguientes a aquél en que se produzcan.
