Artículo 5 ter Disposiciones de aplicación de la Directiva 2006/112/CE relativa al sistema común del IVA
- Téngase en cuenta que el Reglamento de Ejecución (UE) 2020/1112 del Consejo de 20 de julio de 2020 ha modificado el Reglamento de Ejecución (UE) 2019/2026 del Consejo de 21 de noviembre de 2019 de forma que será aplicable a partir del 1 de julio de 2021, seis meses más tarde de lo establecido inicialmente.
Artículo 5 ter
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(NOTA: Artículo aplicable a partir del 1 de enero de 2021)
A efectos de la aplicación del artículo 14 bis de la Directiva 2006/112/CE, se entenderá por "facilitar" la utilización de una interfaz electrónica a fin de que un cliente y un proveedor que ponga bienes a la venta a través de la interfaz electrónica puedan entablar un contacto que dé lugar a una entrega de bienes a través de esa interfaz electrónica.
No obstante, un sujeto pasivo no facilitará una entrega de bienes si se cumplen todas las condiciones siguientes:
a) cuando el sujeto pasivo no establezca, de manera directa o indirecta, los términos y condiciones en que se efectúa la entrega de bienes;
b) cuando el sujeto pasivo no intervenga, de manera directa o indirecta, en la autorización del cobro al cliente de los pagos efectuados;
c) cuando el sujeto pasivo no intervenga, de manera directa o indirecta, en el pedido o la entrega de bienes.
El artículo 14 bis de la Directiva 2006/112/CE no será aplicable a los sujetos pasivos que solo se encarguen:
a) del tratamiento de los pagos en relación con la entrega de bienes;
b) del listado o la publicidad de bienes;
c) de la reorientación o la transferencia de clientes a otras interfaces electrónicas en las que los bienes se ofrezcan a la venta, sin ninguna otra intervención en la entrega.
- Artículo modificado (5 ter (se añade)) por Reglamento de Ejecución (UE) 2019/2026 del Consejo de 21 de noviembre de 2019 por el que se modifica el Reglamento de Ejecución (UE) n.º 282/2011 en lo que respecta a las entregas de bienes o las prestaciones de servicios facilitadas por interfaces electrónicas y a los regímenes especiales aplicables a los sujetos pasivos que presten servicios a personas que no tengan la condición de sujetos pasivos o que realicen ventas a distancia de bienes o determinadas entregas nacionales de bienes
(DC de 04-12-2019) en vigor desde 24-12-2019
