Articulo 50 Medidas de prevención y protección integral contra la violencia de género
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»Artículo 50. Confidencialidad en los procedimientos de concesión y adjudicación.
Vigente
Las Administraciones públicas de Andalucía establecerán los mecanismos necesarios para procurar la confidencialidad durante el procedimiento de acceso a viviendas protegidas; asimismo garantizarán la confidencialidad de los datos del domicilio y situación de la mujer, en particular en los ficheros y programas informáticos correspondientes, para asegurar su protección.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 18-12-2007 en vigor desde 19-12-2007