Articulo 50 Reglamento Ge...s tributos

Articulo 50 Reglamento General de las actuaciones y los procedimientos de gestión e inspección tributaria y de desarrollo de las normas de los procedimientos de aplicación de los tributos

Ver Indice
»

Artículo 50. Obligación de informar sobre la constitución, establecimiento, modificación o extinción de entidades.

Vigente
nuevo

GPT Iberley IA

Copiloto jurídico



Los titulares de los registros públicos deberán presentar mensualmente a la Administración tributaria una declaración informativa en la que incluirán las entidades cuya constitución, establecimiento, modificación o extinción hayan inscrito durante el mes anterior.