Artículo 50 de simplificación administrativa y transformación digital del Consell de la Comunitat Valenciana
Artículo 50. El Archivo electrónico de la Generalitat
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1. El Archivo electrónico de la Generalitat se configura como el conjunto de sistemas y servicios que sustentan la gestión, la custodia y la recuperación de los documentos y los expedientes electrónicos, las agrupaciones documentales o de información una vez finalizados los procedimientos administrativos o actuaciones correspondientes.
2. El Archivo electrónico de la Generalitat será común para la Administración y los organismos autónomos de la Generalitat, con la finalidad de garantizar la conservación y la disponibilidad de la información en la fase inactiva.
Sin perjuicio de lo anterior y con carácter excepcional, se podrán establecer soluciones de archivo específicas para ámbitos particulares que lo requieran. La creación o supresión de estos sistemas deberá llevarse a cabo previa validación por parte de los órganos competentes en materia de hacienda y de simplificación administrativa.
3. La gestión del Archivo electrónico garantizará la puesta en marcha de las políticas de gestión documental, la autenticidad, la conservación, la integridad, la confidencialidad, la disponibilidad y la cadena de custodia de los expedientes y los documentos almacenados, debiendo cumplir con los estándares de seguridad y de disponibilidad.
- Artículo modificado (50 (apdo. 2)) por DECRETO LEY 14/2025, de 26 de diciembre, del Consell, de medidas urgentes frente a la hiperregulación, la agilización de procedimientos y la garantía de la unidad de mercado.
(GV de 29-12-2025) en vigor desde 30-12-2025
