Articulo 51 Protección ci...mergencias

Articulo 51 Protección civil y de gestión de emergencias

Ver Indice
»

Artículo 51. Responsabilidad civil y penal.

Vigente
nuevo

GPT Iberley IA

Copiloto jurídico



La responsabilidad administrativa derivada de la comisión de hechos que constituyan infracciones contenidas en la presente ley se entenderá sin perjuicio de la responsabilidad civil o penal en que se pudiera incurrir, según su normativa de aplicación.