Articulo 51 Reglamento Ge...de Turismo

Articulo 51 Reglamento General de Turismo

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Artículo 51. Requisitos básicos de los hoteles-apartamento.

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Los hoteles-apartamento cumplirán con los siguientes requisitos:

a) Superficies de las estancias, en metros cuadrados:

Apartamento completo

Categoría: 5 estrellas

Categoría: 4 estrellas

Categoría: 3 estrellas

Categoría: 2 estrellas

Categoría: 1 estrella

Dormitorio doble

16

14

13

12

11

Dormitorio individual

14

12

11

10

10

Salón comedor

15

14

12

11

10

Baño/Aseo

4,5

4

3,5

3

3

Cocina

8

7

6

6

6

Apartamento tipo estudio

Categoría: 5 estrellas

Categoría: 4 estrellas

Categoría: 3 estrellas

Categoría: 2 estrellas

Categoría: 1 estrella

Salón-comedor-dormitorio

24

22

20

19

18

Baño/Aseo

4,5

4

3,5

3

3

Cocina (integrada o no)

6

6

6

5

5

b) Servicios sanitarios. Cada apartamento contará como mínimo, en función de su capacidad y categoría, con los siguientes servicios:

- 5 estrellas: por cada dos plazas, un baño.

- 4 estrellas: hasta cuatro plazas un baño; más de cuatro plazas, un baño y un aseo.

- 3, 2 y 1 estrellas: hasta cuatro plazas un aseo; más de cuatro plazas, dos aseos.

c) Salones y comedores.

La superficie destinada a salones sociales y comedores se regirá por lo dispuesto con carácter general en el Anexo IV, en función de su categoría.

d) Servicios.

En el precio del hospedaje se considerará comprendido el servicio de limpieza de las dependencias, instalaciones y mobiliario del apartamento, salvo los enseres de cocina.

e) Cocinas.

Las cocinas tendrán siempre ventilación directa o forzada y estarán equipadas al menos con fregadero; dos fuegos; horno y/o horno-microondas; frigorífico; extractor o campana para la salida de humos; utensilios de menaje en cantidad suficiente en función de su capacidad; armarios o estanterías y cubo de basura.