Articulo 512 Reglamento de Ordenación del Territorio y Urbanismo
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»Artículo 512. Inmuebles excluidos del régimen de edificación forzosa.
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Quedan excluidos del régimen general de edificación forzosa el suelo que, aun teniendo la consideración legal de solar, no pueda edificarse por existir disposición legal o reglamentaria que limite o prohíba su construcción.
