Articulo 518 Reglamento d... Urbanismo

Articulo 518 Reglamento de Ordenación del Territorio y Urbanismo

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Artículo 518. Gestión de la edificación o rehabilitación forzosa.

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La gestión de la edificación o rehabilitación forzosa requiere.

a) La declaración del incumplimiento del deber de edificar o rehabilitar.

b) La aplicación de la expropiación forzosa a los inmuebles afectados por dicha declaración.

c) La determinación del modo de gestión conforme a las siguientes reglas:

1.ª La gestión directa por la propia Administración actuante o a través de una sociedad urbanística.

2.ª La gestión indirecta a través de un agente edificador o rehabilitador previa su solicitud.