Articulo 52 Reglamento Marco de las Policías Locales
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Artículo 52. Procedimiento de selección.

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1. En las convocatorias de movilidad, se realizará a todas las personas aspirantes una o más pruebas físicas que permitan determinar que se encuentran en buena forma física. La descripción de estas pruebas se determinará mediante Orden de la consejería competente en materia de interior. No se valorarán los méritos de aquellas personas que no hayan superado las mismas.

2. Las bases y el anuncio de la convocatoria se deberán publicar en el Boletín Oficial de La Rioja, momento en que se abrirá un plazo de 15 días hábiles para que los interesados puedan presentar solicitudes para participar en el proceso de movilidad. A la solicitud se deberán adjuntar originales o copias autentificadas de los méritos que han de ser valorados, o declaración responsable de que las copias de los documentos que presenta coinciden con los originales que obran en su poder. Se podrá optar a uno, a diversos o a todos los puestos convocados, siempre que se reúnan los requisitos preceptivos, indicándose el orden de preferencia.

3. La Consejería competente en materia de interior podrá realizar la convocatoria única de los procesos de movilidad de todos los puestos de las diferentes categorías policiales que se hayan previsto en las ofertas públicas de empleo de los municipios de La Rioja.

4. Cuando se haga una convocatoria única para más de un municipio, se realizará por Resolución del Consejero competente en materia de interior e incluirá todos los puestos comunicadas por los municipios.

5. A los efectos de garantizar la eficacia y celeridad del proceso, los municipios interesados deberán comunicar a la Dirección General competente en materia de Interior antes del 30 de abril de cada año los puestos que de las diferentes categorías policiales se han de proveer por este sistema, una vez aprobada la oferta pública de empleo y por aplicación de los porcentajes de reserva que prevé el artículo 50.

6. La resolución del proceso de movilidad deberá hacerse en el plazo máximo de dos meses desde la fecha de finalización del plazo para presentar solicitudes. La resolución se publicará en el «Boletín Oficial de La Rioja».