Articulo 528 Ley de Socie...de Capital

Articulo 528 Ley de Sociedades de Capital

Ver Indice
»

Artículo 528. Carácter obligatorio del reglamento del consejo de administración.

Vigente
nuevo

GPT Iberley IA

Copiloto jurídico



En las sociedades anónimas cotizadas el consejo de administración, con informe a la junta general, aprobará un reglamento de normas de régimen interno y funcionamiento del propio consejo, de acuerdo con la ley y los estatutos, que contendrá las medidas concretas tendentes a garantizar la mejor administración de la sociedad.