Articulo 53 Decreto-ley8/2013,de28demayo,deMedidasdeCreacióndeEmpleoyFomentodelEmprendimiento.
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»Artículo 53. Solicitudes.
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Las solicitudes relativas a las subvenciones contempladas en la línea 1, irán dirigidas a la persona titular de la Delegación Territorial de la Consejería de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo que corresponda en función de donde radique el domicilio social de la entidad solicitante. Las solicitudes referidas a las líneas 2 y 3, irán dirigidas a la persona titular de la Dirección General de Economía Social de la Consejería de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo. Dichas solicitudes deberán ajustarse a los formularios correspondientes a esta línea de ayudas que se encuentran en el Anexo V.
