Artículo 53. ORDEN MAT/897/2026, de 5 de junio, Aragón, Plan General de Caza para la temporada 2026-2027
Artículo 53. Esperas nocturnas al jabalí.
1. Se autorizan las esperas nocturnas al jabalí durante todo el año. El cazador deberá cumplir con el artículo 50, apartados 1, 2, 3, 4 y 5 y artículo 56.
2. Las esperas podrán realizarse con carácter ordinario en cualquier tipo de terreno, tanto cinegético como no cinegético, quedando excluidas las zonas de seguridad y los terrenos vedados a la caza.
3. Esperas al jabalí en zonas no cinegéticas:
a) En las zonas no cinegéticas, las esperas podrán ser realizadas por el titular del terreno, por su arrendatario o por terceros debidamente autorizados por quien ostente la titularidad o el arrendamiento de éste.
b) Además de las comunicaciones señaladas en el artículo 50, en el caso de zonas no cinegéticas enclavadas íntegramente en el interior de un coto de caza, el cazador que vaya a realizar la espera deberá comunicarlo al titular del coto con una antelación mínima de doce horas, mediante correo electrónico, indicando el día, el horario previsto de la espera y las parcelas o enclaves concretos en los que se llevará a cabo.
c) El director del servicio provincial competente en materia de caza podrá dictar, mediante resolución, las normas complementarias que deban ser observadas por el cazador que lleve a cabo la espera.
4. Esperas al jabalí en zonas de seguridad y en terrenos vedados a la caza, para estas esperas será necesario contar con:
a) Permiso del titular del terreno o de la infraestructura por la que se haya creado la zona de seguridad
b) Autorización extraordinaria de carácter nominal, emitida mediante resolución del director del servicio provincial competente.

