Articulo 53 Régimen Admin... del Juego

Articulo 53 Régimen Administrativo y Fiscal del Juego

Ver Indice
»

Artículo 53. Base imponible.

Vigente
nuevo

GPT Iberley IA

Copiloto jurídico



1. Con carácter general, la base imponible estará constituida por el importe total de las cantidades que quienes juegan dedican a su participación en los juegos, sin perjuicio de lo establecido en los apartados siguientes:

a) En las rifas y tómbolas la base imponible vendrá constituida por el importe total de los boletos o billetes ofrecidos.

b) En las combinaciones aleatorias la base imponible vendrá constituida por el valor de los premios ofrecidos. A estos efectos, se entenderá por valor de los premios su valor de mercado, incluyendo en el mismo la suma de todos los gastos necesarios para la puesta a disposición de los premios.

c) En las apuestas la base imponible se adecuará a las siguientes reglas:

1º. Como regla general, la base imponible la constituirán los ingresos brutos, definidos como el importe total de las cantidades que se dediquen a la participación en el juego, así como cualquier otro ingreso que se pueda obtener, directamente derivado de su organización o celebración.

2º. No obstante, para las apuestas hípicas y sobre acontecimientos deportivos, de competición o de otro carácter previamente determinado, la base imponible vendrá constituida por la diferencia entre la suma total de las cantidades apostadas y el importe de los premios obtenidos por quienes participan.

2. La base imponible se determinará en régimen de estimación directa u objetiva. En el primer caso la base se determinará por el sujeto pasivo mediante autoliquidación en la forma y casos determinados por la consejería competente en materia de hacienda.

3. En los supuestos de participación a través de medios electrónicos, informáticos, telemáticos o interactivos, cuando la base debiera determinarse en función de dicha participación, estos medios deberán contener el procedimiento o los elementos de control necesarios que garanticen su completa exactitud.