Articulo 53 Reglamento Marco de las Policías Locales
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Artículo 53. Valoración del concurso.

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1. El concurso consistirá en la calificación de los méritos alegados y debidamente acreditados por las personas aspirantes, de conformidad con el baremo que establezcan las bases aprobadas por el Ayuntamiento convocante, de acuerdo con los requisitos profesionales exigibles a cada categoría y conforme con lo establecido por Orden de la consejería competente en materia de interior.

2. La calificación final de las personas aspirantes en el proceso de movilidad vendrá determinada por la suma de todos los puntos obtenidos por aplicación de lo previsto en el apartado anterior.