Artículo 53 se regula la ... Andalucía

Artículo 53 se regula la planificación y ordenación del empleo público, y el ingreso, promoción interna y provisión de puestos de trabajo del personal de la Administración General de la Junta de Andalucía

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Artículo 53. Sistemas de provisión del personal funcionario de carrera.

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1. Los puestos de trabajo adscritos a personal funcionario de carrera se proveerán, con carácter ordinario, mediante los procedimientos de concurso y libre designación, de acuerdo con los principios de igualdad, mérito, capacidad, publicidad y, para puestos provistos por el sistema de libre designación, idoneidad.

2. Los procedimientos de provisión de los puestos de trabajo con carácter extraordinario previstos en la Ley 5/2023, de 7 de junio, y en el Capítulo III de este título atenderán principalmente a las necesidades del servicio, a razones de urgencia y a las circunstancias específicas concurrentes en el personal funcionario, sin perjuicio de los derechos reconocidos y consolidados.