Artículo 53 se regulan las subvenciones y ayudas en el ámbito de la cooperación para el desarrollo sostenible y la solidaridad global
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»Artículo 53. Reintegro y sanciones.
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1. A las entidades beneficiarias de las subvenciones y ayudas reguladas en este título se les aplicarán las reglas de reintegro establecidas en el título I de este real decreto.
2. Los beneficiarios de las subvenciones y ayudas reguladas en este título quedarán sometidas a las responsabilidades y régimen sancionador que, sobre infracciones administrativas, en materia de subvenciones, establece el título IV de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre. Asimismo, quedarán sometidas a lo dispuesto en el título IV de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, y en el capítulo III del título preliminar de la Ley 40/2015, de 1 de octubre.
