Articulo 53 Sanidad animal
Articulo 53 Sanidad animal

Articulo 53 Sanidad animal

No hay nodos disponibles
Ver Indice
»

Artículo 53. Clasificación.

Vigente

Tiempo de lectura: 1 min

Tiempo de lectura: 1 min


A los efectos de esta Ley Foral, las infracciones a la sanidad animal se clasifican en leves, graves y muy graves.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 27-11-2000 en vigor desde 28-11-2000