Articulo 53712 D. 2484/1967, de 21 de septiembre, Código Alimentario Español
Ver Indice
»5.37.12. Rotulación.
Vigente
nuevo
GPT Iberley IA
Copiloto jurídico
Con el fin de normalizar la terminología, se diferenciará claramente: el nombre común, el nombre químico y el nombre comercial.
En las etiquetas figurará claramente la formulación, indicando los principios activos que entran en la composición y su riqueza. Los elementos activos figurarán con el nombre común y, junto a éste, entre paréntesis, el nombre químico.
También figurarán en las etiquetas la forma de manejo y dosis máxima del producto a aplicar en cada tratamiento.
En los envases, o en prospectos aparte, figurarán claramente las normas a aplicar en casos de intoxicación por estos productos.

