Articulo 53821 D 2484/196...io Español

Articulo 53821 D. 2484/1967, de 21 de septiembre, Código Alimentario Español

Ver Indice
»

5.38.21. Barnices, ceras y encáusticos.

Vigente
nuevo

GPT Iberley IA

Copiloto jurídico


(DEROGADO)

Los productos empleados como barnices, ceras y encáusticos para lustrar muebles y suelos, deberán estar constituidos por sustancias apropiadas, quedando expresamente prohibida la presente en los mismos de las siguientes:

a) Hidrocarburos halogenados o aromáticos.

b) Nitrobenzol y compuestos amílicos.

c) Disolventes combustibles con punto de inflamación inferior a 30 grados centígrados, por el método de Abe, a presión normal.

d) Sustancias irritantes y tóxicas.

Modificaciones