Articulo 53842 D. 2484/1967, de 21 de septiembre, Código Alimentario Español
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»5.38.42. Industrias para limpiar la ropa y de tintorería.
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(DEROGADO)
Las instalaciones para limpieza en seco de prendas de vestir con líquidos inflamables, halogenados u otras sustancias tóxicas, así como las de tintorería, no podrán establecerse en locales que sirvan a la vez de vivienda.
Las operaciones se harán por personal especializado en aparatos cerrados de circuito continuo.
Modificaciones
- Artículo modificado (Se derogan los capítulos IX y XXXVIII) por REAL DECRETO 2330/1985, DE 6 DE NOVIEMBRE, POR EL QUE SE APRUEBAN LAS NORMAS DE SEGURIDAD DE LOS JUGUETES, UTILES DE USO INFANTIL Y ARTICULOS DE BROMA.
(BOE de 16-12-1985) en vigor desde 05-01-1986
