Articulo 54 Aprovechamientos en montes o terrenos forestales de gestión privada
Artículo 54. Tipos de aprovechamiento micológico
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1. A los efectos del presente decreto, los aprovechamientos micológicos en montes o terrenos forestales de gestión privada situados en el territorio de la Comunidad Autónoma de Galicia se clasifican en los siguientes grupos:
a) Aprovechamientos para consumo propio: son aquellos aprovechamientos de marcado carácter consuetudinario y esporádico que presentan una finalidad doméstica, esto es, no económica o comercial. Solo se considerará que el aprovechamiento es para consumo propio cuando la recogida de setas de cualquier especie permitida no exceda de la cantidad de 2 kilos de peso por persona y día, y las setas sean silvestres y no productos de plantación o de micorrización.
b) Aprovechamientos comerciales: son aquellos aprovechamientos a través de los cuales la persona propietaria del monte o terreno forestal pretenda obtener un rendimiento económico o lucrativo a su favor. En todo caso, este tipo de aprovechamiento requiere de autorización de la persona propietaria, entendiéndose que existe aprovechamiento comercial cuando la recogida de setas de cualquier especie exceda la cantidad de 2 kilos de peso por persona y día o las setas no sean silvestres.
c) Aprovechamientos con fines científicos o didácticos: son aquellos aprovechamientos que presentan un objeto eminentemente científico-taxonómico, de identificación, de colección, educativo o similar, que deberá quedar acreditado suficientemente con anterioridad a la ejecución del aprovechamiento. Este tipo de aprovechamientos está limitado a 5 unidades representativas enteras por especie y puede ser compatible con otros tipos de aprovechamientos definidos en este artículo.
2. Los aprovechamientos para consumo propio y los aprovechamientos con fines científicos o didácticos son libres, excepto que la persona titular regule el acotamiento de su aprovechamiento en el instrumento de ordenación o gestión forestal o comunique el acotamiento de este aprovechamiento que, en cualquier caso, deberá señalizar.
