DECRETO 73/2020, de 24 de abril, por el que se regulan los aprovechamientos madereros y leñosos, de corcho, de pastos, micológicos y de resinas en montes o terrenos forestales de gestión privada en la Comunidad Autónoma de Galicia. - Diario Oficial de Galicia de 20-05-2020
Índice
Texto
Ambito: Galicia
Estado: VIGENTE. Validez desde 27 de Febrero de 2024
F. entrada en vigor: 09/06/2020
Órgano emisor: CONSELLERIA DEL MEDIO RURAL
Boletín: Diario Oficial de Galicia Número 97
F. Publicación: 20/05/2020
CAPÍTULO I. Disposiciones generales
Artículo 1. Objeto y ámbito de aplicación
Artículo 2. Definiciones
Artículo 3. Objetivos
Artículo 4. Personas titulares de los montes o terrenos forestales y de los aprovechamientos
Artículo 5. Sede electrónica
CAPÍTULO II. Disposiciones comunes a los aprovechamientos forestales
SECCIÓN 1ª. Medios de intervención sobre los aprovechamientos forestales
Artículo 6. Autorizaciones y declaraciones responsables de aprovechamientos forestales
Artículo 7. Comunicaciones de aprovechamientos forestales
SECCIÓN 2ª. Presentación de solicitudes de autorización, declaraciones responsables y comunicaciones
Artículo 8. Legitimación para la presentación de solicitudes de autorización, declaraciones responsables y comunicaciones
Artículo 9. Presentación de las solicitudes de autorización, declaraciones responsables y comunicaciones
Artículo 10. Presentación de documentación complementaria necesaria para la tramitación de los procedimientos
Artículo 11. Trámites administrativos posteriores a la presentación de solicitudes
Artículo 12. Comprobación de datos
Artículo 13. Práctica de las notificaciones
SECCIÓN 3ª. Régimen general de los procedimientos de autorización
Artículo 14. Enmienda de las solicitudes
Artículo 15. Informes preceptivos y relación con otros organismos y administraciones
Artículo 16. Plazo de resolución, sentido del silencio y recursos
SECCIÓN 4ª. Régimen general de las declaraciones responsables
Artículo 17. Contenido
Artículo 18. Efectos de la presentación
Artículo 19. Informes preceptivos
Artículo 20. Actuaciones de comprobación
Artículo 21. Causas de imposibilidad para continuar con el aprovechamiento
CAPÍTULO III. Aprovechamientos madereros y leñosos
SECCIÓN 1ª. Autorizaciones de aprovechamientos madereros y leñosos
Artículo 22. Supuestos de autorización
Artículo 23. Documentación complementaria para la tramitación de los procedimientos de autorización de aprovechamientos madereros y leñosos
SECCIÓN 2ª. Declaraciones responsables de aprovechamientos madereros y leñosos
Artículo 24. Supuestos de declaración responsable
Artículo 25. Documentación para la tramitación de los procedimientos de declaración responsable de aprovechamientos madereros y leñosos
SECCIÓN 3ª. Aprovechamientos madereros y leñosos con regulación específica
Artículo 26. Aprovechamientos madereros y leñosos en montes o terrenos forestales bajo instrumentos de ordenación o gestión forestal que se ajusten a lo dispuesto en él
Artículo 27. Aprovechamientos madereros y leñosos en montes o terrenos forestales con instrumento de ordenación o gestión forestal que no se ajusten a lo dispuesto en él
Artículo 28. Aprovechamientos madereros y leñosos en masas forestales con proporción reducida de especies incluidas en el anexo I
Artículo 29. Aprovechamientos madereros y leñosos en terrenos que formen parte de espacios sujetos a algún régimen de protección o estén afectados por alguna legislación de protección del dominio público, cuando se hayan aprobado por orden de las consellerías competentes pliegos con las condiciones sectoriales a los que deberán sujetarse
Artículo 30. Aprovechamientos madereros y leñosos para uso doméstico
Artículo 31. Aprovechamientos madereros y leñosos en zonas afectadas por expropiación
Artículo 32. Cortas de obligada ejecución
Artículo 33. Cortas en masas afectadas por una plaga o enfermedad forestal
SECCIÓN 4ª. Supuestos especiales
Artículo 34. Aprovechamientos madereros y leñosos en las zonas de servidumbre de dominio público hidráulico
Artículo 35. Extracción de madera quemada
SECCIÓN 5ª. Obligaciones de las personas titulares de los aprovechamientos madereros y leñosos
Artículo 36. Comunicación final al terminar el aprovechamiento
Artículo 37. Plazo para la ejecución de los aprovechamientos
Artículo 38. Extracción o trituración de la biomasa forestal residual
Artículo 39. Regeneración después del aprovechamiento maderero o leñoso
CAPÍTULO IV. Aprovechamientos forestales de corcho
Artículo 40. Objeto y alcance
Artículo 41. Condiciones específicas en la realización de los aprovechamientos de corcho
Artículo 42. Regulación específica de los aprovechamientos de corcho en montes o terrenos forestales bajo instrumentos de ordenación o gestión forestal
Artículo 43. Aprovechamientos de corcho en montes o terrenos forestales que no se encuentren bajo instrumentos de ordenación o gestión forestal
CAPÍTULO V. Aprovechamientos forestales de pastos
SECCIÓN 1ª. Disposiciones comunes a los aprovechamientos forestales de pastos
Artículo 44. Régimen general de los aprovechamientos forestales de pastos
Artículo 45. Inscripción en el Registro Público de Terrenos Forestales de Pastoreo de montes o terrenos forestales que dispongan de instrumento de ordenación o gestión forestal
Artículo 46. Inscripción en el Registro Público de Terrenos Forestales de Pastoreo de montes o terrenos forestales que no dispongan de instrumento de ordenación o gestión forestal
Artículo 47. Procedimiento de inscripción y baja de las autorizaciones o prohibiciones en el Registro Público de Terrenos Forestales de Pastoreo
SECCIÓN 2ª. Limitaciones al aprovechamiento de pastos
Artículo 48. Suspensión temporal del pastoreo por causas sanitarias o epidemiológicas
Artículo 49. Prohibición de pastoreo en montes o terrenos forestales afectados por incendios forestales
Artículo 50. Excepciones a la prohibición de pastoreo en montes o terrenos forestales afectados por incendios forestales
CAPÍTULO VI. Aprovechamientos micológicos
SECCIÓN 1ª. Disposiciones comunes a los aprovechamientos micológicos en montes o terrenos forestales
Artículo 51. Objeto y alcance
Artículo 52. Condiciones específicas en la realización de los aprovechamientos micológicos
Artículo 53. Prácticas prohibidas en la realización de los aprovechamientos micológicos
Artículo 54. Tipos de aprovechamiento micológico
SECCIÓN 2ª. Aprovechamientos micológicos en montes y terrenos forestales. Cotos
Artículo 55. Régimen de los aprovechamientos micológicos en montes y terrenos forestales
Artículo 56. Necesidad de autorización de los aprovechamientos micológicos por la persona propietaria en terrenos afectados por algún tipo de restricción
Artículo 57. Señalización de los montes y terrenos forestales de gestión privada afectados por restricciones de los aprovechamientos micológicos
CAPÍTULO VII. Aprovechamientos de resinas
Artículo 58. Aprovechamientos forestales de resina en montes o terrenos forestales de gestión privada
Artículo 59. Aprovechamientos de resina en montes o terrenos forestales bajo instrumentos de ordenación o gestión forestal
Artículo 60. Aprovechamientos de resina en montes o terrenos forestales que no se encuentren bajo instrumentos de ordenación o gestión forestal
CAPÍTULO VIII. Facultad inspectora de la Administración y régimen sancionador
Artículo 61. Facultad inspectora de la Administración
Artículo 62. Régimen sancionador
DISPOSICIONES ADICIONALES
D.A. 1ª. Difusión de los datos de los aprovechamientos forestales
D.A. 2ª. Información básica sobre protección de datos personales
D.A. 3ª. Actualización de modelos normalizados
D.A. 4ª. Coordinación con el Registro de Cartografía de Galicia
D.A. 5ª. Visor de información geolocalizada
D.A. 6ª. Sistema de diligencia debida
DISPOSICIONES TRANSITORIAS
D.T. 1ª. Procedimientos en tramitación
D.T. 2ª. Plan de cortas
D.T. 3ª. Pliegos con condiciones sectoriales
D.T. 4ª. Presentación de las solicitudes hasta la entrada en vigor de este decreto
D.T. 5.ª Registro del pastoreo en los montes o terrenos forestales que cuenten con un instrumento de ordenación o gestión aprobado
DISPOSICIONES DEROGATORIAS
D.DT. Única. Derogación normativa
DISPOSICIONES FINALES
D.F. 1ª. Habilitación normativa
D.F. 2ª. Entrada en vigor
ANEXO I
ANEXO II
ANEXO III
ANEXO IV
ANEXO V
ANEXO VI
ANEXO VII
ANEXO VII-B
ANEXO VIII
ANEXO IX
ANEXO X
ANEXO XI
ANEXO XII