Articulo 54 DECRETO57/200...Desarrollo

Articulo 54 DECRETO57/2007,de3deabril,porelqueseregulanayudasaprogramasconcargoalFondodeCooperaciónalDesarrollo.

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Artículo 54.- Gastos elegibles en la partida de Viajes y estancias vinculados a la Educación para el Desarrollo.

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A efectos de concesión de la ayuda, tendrán la consideración de gastos elegibles en esta partida los siguientes.

a) gastos de transportes internacionales.

b) gastos de obtención de visados.

c) gastos de desplazamientos internos, alojamiento y manutención.