Articulo 54 Puertos y Tra...e Marítimo

Articulo 54 Puertos y Transporte Marítimo

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Artículo 54. Plazo de notificación de la resolución de caducidad.

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El plazo máximo para dictar y notificar la resolución que declare la caducidad es de doce meses contados desde la adopción del acuerdo de incoación del expediente.