Artículo 55 Decreto 91/2... Andalucía

Artículo 55. Decreto 91/2026, de 12 de mayo, Andalucía, evaluación del desempeño y la carrera horizontal en la Administración General de la Junta de Andalucía

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Artículo 55. Factor de difusión del conocimiento.

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1. Con el factor de difusión del conocimiento se valoran la capacidad y las acciones emprendidas por el personal para compartir, transferir y comunicar información, experiencias y habilidades relevantes dentro de la organización y hacia la sociedad en general y su contribución activa en la promoción de una cultura de aprendizaje continuo y colaborativo, facilitando el acceso al conocimiento y fomentando la innovación en los procesos y servicios públicos.

2. Solo podrá ser objeto de valoración la participación como ponente en congresos, seminarios, jornadas y conferencias, organizados por el Instituto Andaluz de Administración Pública, el Instituto Nacional de Administración Pública y los órganos encargados de la formación en las restantes Administraciones Públicas, así como la publicación de artículos en revistas oficiales de la Junta de Andalucía, el Instituto Nacional de Administración Pública y cualquier otra Administración Pública, siempre que guarden relación con las funciones que desempeña la persona en la Administración Pública, y que no tengan la consideración de actividades valorables en el factor regulado en el artículo 52.

3. La valoración de estas actividades se efectuará conforme a lo previsto en el Anexo IV del presente decreto.