Decreto 91/2026, de 12 de mayo, por el que se regulan la evaluación del desempeño y la carrera horizontal en la Administración General de la Junta de Andalucía.
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Ambito: Andalucía
Estado: VIGENTE. Validez desde 19 de Mayo de 2026
F. entrada en vigor: 19/05/2026
Órgano emisor: Consejería de Justicia, Administración Local y Función Pública
Boletín: Boletín Oficial de la Junta de Andalucía Número 93
F. Publicación: 18/05/2026
Documento oficial en PDF: Enlace
Esta norma NO ha sido modificada legislativamente
Preámbulo
TÍTULO I. Disposiciones comunes
Artículo 1. Objeto.
Artículo 2. Ámbito de aplicación.
Artículo 3. Definición de la evaluación del desempeño.
Artículo 4. Definición de la carrera horizontal.
Artículo 5. Principios y fundamentos de actuación.
Artículo 6. Características comunes a la evaluación del desempeño y la carrera horizontal.
Artículo 7. Características propias de la evaluación del desempeño.
Artículo 8. Características propias de la carrera horizontal.
Artículo 9. Características del sistema de competencias.
Artículo 10. Régimen de acreditación de competencias.
TÍTULO II. Evaluación del desempeño
CAPÍTULO I. Estructura y período
Artículo 11. Estructura de la evaluación del desempeño.
Artículo 12. Período de las evaluaciones del desempeño.
Artículo 13. Sujetos de la evaluación del desempeño.
Artículo 14. Funciones y responsabilidades.
CAPÍTULO II. Contenido de la evaluación del desempeño
Artículo 15. Áreas de la evaluación del desempeño en su dimensión individual.
Artículo 16. Valoración de las áreas en la dimensión individual.
Artículo 17. Plan de Mejora Individual y Programa de Formación Específico.
Artículo 18. Áreas de la evaluación en su dimensión colectiva.
Artículo 19. Valoración de la evaluación en su dimensión colectiva.
Artículo 20. Instrumentos de planificación estratégica.
Artículo 21. Criterios de medición de cumplimiento de objetivos.
Artículo 22. Resultados de la evaluación del desempeño.
Artículo 23. Efectos de la evaluación del desempeño para el personal evaluado.
Artículo 24. Complemento por desempeño.
Artículo 25. Desempeño efectivo de las tareas asignadas.
CAPÍTULO III. Procedimiento de evaluación del desempeño
Artículo 26. Actos preparatorios y entrevistas de evaluación del desempeño.
Artículo 27. Informe de evaluación del desempeño.
Artículo 28. Procedimiento de evaluación del desempeño.
Artículo 29. Publicidad de los resultados de la evaluación del desempeño.
Artículo 30. Órgano Técnico de Revisión.
CAPÍTULO IV. Comisiones de Seguimiento de la Evaluación del Desempeño
SECCIÓN 1.ª DISPOSICIONES COMUNES
Artículo 31. Naturaleza y finalidad de las Comisiones.
SECCIÓN 2.ª COMISIÓN SECTORIAL DEL PERSONAL FUNCIONARIO DE LA ADMINISTRACIÓN GENERAL DE LA JUNTA DE ANDALUCÍA
Artículo 32. Constitución y composición.
Artículo 33. Funciones.
Artículo 34. Funcionamiento.
Artículo 35. Medios personales y materiales.
SECCIÓN 3.ª COMISIÓN CENTRAL COMÚN DEL PERSONAL FUNCIONARIO, ESTATUTARIO Y LABORAL DE LA ADMINISTRACIÓN DE LA JUNTA DE ANDALUCÍA
Artículo 36. Constitución, composición y funcionamiento.
CAPÍTULO V. Comisión de Coordinación y Supervisión de la Evaluación del Desempeño
Artículo 37. Naturaleza, adscripción y finalidad de la Comisión.
Artículo 38. Funciones de la Comisión.
Artículo 39. Composición de la Comisión.
Artículo 40. Funcionamiento de la Comisión.
Artículo 41. Medios personales y materiales.
TÍTULO III. De la carrera horizontal
CAPÍTULO I. Tramos de carrera horizontal
Artículo 42. Número de tramos de la carrera horizontal.
Artículo 43. Tiempo de permanencia en cada tramo de carrera horizontal.
CAPÍTULO II. Requisitos
Artículo 44. Inicio de la carrera horizontal.
Artículo 45. Consolidación del tramo I inicial.
Artículo 46. Requisitos de participación.
CAPÍTULO III. Valoración para el ascenso en los tramos de carrera horizontal
Artículo 47. Valoración de cada tramo de carrera horizontal.
Artículo 48. Factores valorables.
Artículo 49. Factor de evaluación del desempeño.
Artículo 50. Factor de formación recibida.
Artículo 51. Factor de titulaciones oficiales.
Artículo 52. Factor de docencia impartida, tutorización y mentorización.
Artículo 53. Factor de competencias digitales.
Artículo 54. Factor de competencias profesionales.
Artículo 55. Factor de difusión del conocimiento.
Artículo 56. Factor de transferencia del conocimiento.
Artículo 57. Factor de innovación.
Artículo 58. Factor de colaboración voluntaria con otras Administraciones a través de convenios u otros instrumentos formalizados de colaboración.
Artículo 59. Factor de participación voluntaria en proyectos institucionales y en tribunales y comisiones de procesos selectivos para el acceso, promoción o provisión de puestos de trabajo.
Artículo 60. Factor de proyecto de mejora colectiva o memoria.
Artículo 61. Forma de acreditación de los factores.
CAPÍTULO IV. Procedimiento para el reconocimiento de la carrera horizontal
SECCIÓN 1.ª DISPOSICIONES GENERALES
Artículo 62. Competencia para el reconocimiento de la carrera horizontal.
Artículo 63. Convocatoria y presentación de solicitudes.
SECCIÓN 2.ª COMISIONES TÉCNICAS DE VALORACIÓN
Artículo 64. Designación y composición.
Artículo 65. Funciones.
Artículo 66. Funcionamiento.
SECCIÓN 3.ª COMISIÓN TÉCNICA CENTRAL DE VALORACIÓN
Artículo 67. Composición y funcionamiento.
Artículo 68. Funciones.
SECCIÓN 4.ª PROCEDIMIENTO
Artículo 69. Tramitación electrónica del procedimiento.
Artículo 70. Forma y plazo de presentación de las solicitudes.
Artículo 71. Tramitación.
Artículo 72. Resolución.
CAPÍTULO V. Efectos del reconocimiento de la carrera horizontal
Artículo 73. Complemento de carrera profesional.
CAPÍTULO VI. Especialidades aplicables al personal funcionario interino
Artículo 74. Derecho a la carrera horizontal del personal funcionario interino.
DISPOSICIONES ADICIONALES
D.A. 1ª. Garantía retributiva.
D.A. 2ª. Personal procedente de otras Administraciones Públicas.
D.A. 3ª. Garantía del tramo de carrera horizontal consolidado.
D.A. 4ª. Comisión Central de Homologación de los sistemas de evaluación del desempeño y de carrera horizontal.
D.A. 5ª. Seguimiento del sistema de carrera horizontal.
D.A. 6ª. Acceso al tramo I del personal laboral funcionarizado.
DISPOSICIONES TRANSITORIAS
D.T. 1ª. Encuadramiento inicial del personal funcionario de la Administración General de la Junta de Andalucía.
D.T. 2ª. Situación singular en la carrera horizontal en casos de retraso en la implementación de la evaluación del desempeño.
D.T. 3ª. Grado personal.
D.T. 4ª. Régimen transitorio para la implantación de los instrumentos de planificación estratégica.
D.T. 5ª. Aplicación transitoria del sistema de competencias.
D.T. 6ª. Implantación progresiva y calendario de abono de los efectos económicos derivados de la evaluación del desempeño.
D.T. 7ª. Implantación progresiva y calendario de abono de los efectos económicos derivados de la carrera horizontal.
DISPOSICIONES FINALES
D.F. 1ª. Modificación del Reglamento Regulador del Registro General de Personal, aprobado por Decreto 9/1986, de 5 de febrero.
D.F. 2ª. Habilitación para el desarrollo.
D.F. 3ª. Entrada en vigor.
ANEXO I. Ponderación de los factores en la carrera horizontal
Anexo II. Coeficientes de ponderación del tiempo de permanencia en grupos o subgrupos inferiores en el sistema de carrera horizontal
ANEXO III. Glosario de términos
ANEXO IV. Valoración y cómputo de los factores del sistema de carrera horizontal
ANEXO V. Tablas de modelo para la evaluación del desempeño y la carrera horizontal del personal funcionario
ANEXO VI. Tablas de implantación progresiva y calendario de efectos económicos de la evaluación del desempeño y la carrera horizontal
