Articulo 55 Medidas fiscales, financieras, administrativas y del sector público
No hay nodos disponibles
Ver Indice
»Artículo 55. Modificación de la Ley 26/2001, de cooperación al desarrollo
Vigente
Se modifica el apartado 5 del artículo 23 de la Ley 26/2001, de 31 de diciembre, de cooperación al desarrollo, que queda redactado del siguiente modo:
«5. La Comisión de Coordinación con los Entes Locales está formada por representantes de los departamentos y entidades que conforman el sector público de la Generalidad, de los entes territoriales y locales designados por sus entidades representativas, y del Fondo Catalán de Cooperación al Desarrollo, y en su composición debe velarse por la paridad entre mujeres y hombres. La Comisión está presidida por el consejero o consejera competente en materia de actuaciones exteriores, que puede delegar en el director o directora general que corresponda.»
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 31-12-2021 en vigor desde 01-01-2022