Articulo 55 Modificaciones estructurales de las sociedades mercantiles
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»Artículo 55. Régimen jurídico aplicable.
Vigente
Son aplicables a las fusiones transfronterizas intracomunitarias las disposiciones de este Capítulo y supletoriamente las disposiciones que rigen la fusión en general.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 04-04-2009 en vigor desde 04-07-2009