Articulo 55 Modificaciones estructurales de las sociedades mercantiles
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Artículo 55. Régimen jurídico aplicable.

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Son aplicables a las fusiones transfronterizas intracomunitarias las disposiciones de este Capítulo y supletoriamente las disposiciones que rigen la fusión en general.

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  • Texto Original. Publicado el 04-04-2009 en vigor desde 04-07-2009