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Articulo 56 Gestión documental, organización y funcionamiento de los archivos de la Generalitat

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Artículo 56. Conservación de la documentación en soporte electrónico y otros soportes

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1. Para la conservación de los documentos y expedientes electrónicos y los documentos en soportes magnéticos y ópticos se realizarán copias de seguridad periódicamente y las conversiones o migraciones que se determinen para los documentos de conservación permanente, que garanticen la conservación de la información contenida en ellos.

2. Las condiciones específicas para la conservación de la documentación en soporte electrónico se regirán por lo dispuesto en la estrategia de conservación implantada en la Generalitat en la normativa que regula la gestión de los documentos electrónicos de la Generalitat y la legislación vigente sobre Administración Electrónica de la Comunitat Valenciana.

3. La Generalitat definirá un Plan de Preservación de los Documentos Electrónicos que garantizará la accesibilidad, autenticidad, disponibilidad, integridad, inteligibilidad y legibilidad de los documentos electrónicos a la largo de su ciclo de vida.