Articulo 56 Planificación...botiquines

Articulo 56 Planificación farmacéutica y requisitos, personal y autorizaciones de las oficinas de farmacia y botiquines

Ver Indice
»

Artículo 56. Resolución de autorización de funcionamiento.

Vigente
nuevo

GPT Iberley IA

Copiloto jurídico



1. Si levantada el acta de inspección en ésta consta que la oficina de farmacia no cumple con los requisitos exigidos en la normativa vigente, se concederá al farmacéutico titular el plazo de un mes para que cumpla con dichos requisitos, indicándole que, de no ser así, se le denegará la autorización de funcionamiento. En este caso, transcurrido el citado plazo, se denegará la autorización y se iniciará de oficio el expediente de cierre definitivo de la oficina de farmacia. Una vez subsanadas las deficiencias, el farmacéutico titular podrá solicitar una nueva visita de inspección.

2. El otorgamiento de autorización de funcionamiento se realizará conforme a lo establecido en los apartados 1 y 2 del artículo 42.