Articulo 566 Reglamento Hipotecario
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»Artículo 566.
Vigente
Son faltas graves:
1. La desobediencia a los superiores jerarquicos.
2. La falta de respeto a los superiores jerarquicos, en su presencia, en escrito que se les dirija o con publicidad.
3. La grave desconsideracion en el desempeño de la funcion con los compañeros, con los empleados o con el publico.
4. La inasistencia injustificada y continuada a la oficina registral durante mas de tres dias.
5. El incumplimiento reiterado de la obligacion de atencion al publico en las horas determinadas.
6.
El incumplimiento grave y reiterado de las obligaciones que incumben al registrador, cuando ello no constituya falta muy grave.
7. La percepcion indebida de honorarios que no constituye falta muy grave.
Modificaciones
- Artículo modificado por Real Decreto 1526/1988, de 16 de diciembre, por el que se modifica el Título XII del Reglamento Hipotecario sobre responsabilidad disciplinaria de los Registradores de la Propiedad.
(BOE de 23-12-1988) en vigor desde 12-01-1989